Índicede contenidos. La notificación del cambio de titular a la Comunidad, es una cuestión que no se viene haciendo casi nunca, lo que supone un riesgo para el antiguo titular del piso o local vendido a un tercero. Según la ley, el vendedor tiene la obligación de comunicar a la Comunidad de propietarios que se ha producido el
Lasdiferentes comunidades autónomas establecen unos tiempos máximos y mínimos para que el alquiler pueda considerarse vacacional. En este aspecto, por ejemplo la Comunidad de Madrid, establece un período mínimo de 5 días y la normativa general contempla que los alquileres no deben de exceder los tres meses al año.
ElTribunal Supremo, en una reciente sentencia de 25-2-2021, ha declarado que estos arrendadores deben imputar rentas en su IRPF mientras los inmuebles estén vacíos. Además, no pueden deducir ningún gasto mientras dure esta situación. Desgranamos la sentencia, y las nocivas consecuencias que tiene para los arrendadores.Lacomunidad de propietarios, en juicio ordinario, solicitó la cesación definitiva de la actividad que se desarrolla en la vivienda, consistente en el alquiler de una habitación compartida a estudiantes universitarios por parte de una inmobiliaria, y que estaba prohibida por los estatutos de la comunidad de propietarios. Para ello, la yByVI. 238 40 48 21 351 141 231 15 356